Personal de la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología recepcionó denuncias de cuatros personas que habían sido mordidas entre los días 8 y 13 de abril de 2014, por un perro galgo color marrón.

Estas mordidas ocasionaron heridas en brazos, y tronco de las víctimas, con distintos grados de gravedad (dos superficiales y dos desgarradas).

Producto de esto, personal de la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología, dependiente de la Secretaría de Prevención y Atención Sanitaria comprobó que dicho animal se encuentra en la vía pública configurándose las infracciones al Art. 11 incs a), c) y d) de la Ord. 3302/09 (circulación en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal; falta de vacunación antirrábica; morder en la vía pública o en domicilio particular sin tomar los recaudos correspondientes).

Tomando en cuenta dichas actuaciones el Juzgado Municipal de Faltas dispuso multar a la propietaria del animal por reiteradas infracciones al artículo 11 incs. a), c), y d) de la Ordenanza 3302/09, ocurridas los días 8, 10, 11 y 13 de abril de 2014, respecto de la tenencia de animales (circulación en la vía pública sin collar, pretal y/o bozal; falta de vacunación antirrábica; morder en la vía pública o en domicilio particular sin tomar los recaudos correspondientes).

El Juzgado Municipal de Faltas dispuso una multa de 2486 pesos de multa la que deberá hacerse efectiva dentro del plazo de tres (3) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de ley.

Por otro lado se informó que con fecha 16 de mayo de 2014, personal de la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología, dependiente de la Secretaría de Prevención y Atención Sanitaria, recibió una denuncia de una persona que habría sido mordida en la vía pública, por un perro mestizo de tamaño mediano, color negro, y producto de la mordida, se ocasionó una herida en el tronco y la mano de la víctima, de carácter superficial.

En este caso el Juzgado Municipal de Faltas dispuso sancionar a la propietaria del animal con una multa de 778 pesos que deberá hacerse efectiva dentro del plazo de tres (3) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de ley.