El ex secretario general de la Departamental Azul de la AJB fue condenado a más de 5 años de prisión
En el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 se lo ubicó como el autor del delito de "sustracción de persona con fines de menoscabar su integridad sexual". Los episodios datan del año 2016 y hasta que el fallo quede firme Omar Guillermo Rojas continuará en libertad.
"Ha quedado claramente demostrado en el debate que el día 24 de julio de 2016 y días previos a esta fecha, el encartado Rojas sustrajo en tres oportunidades a la joven víctima, quien posee una capacidad intelectual restringida" y "sobre la que ejerció intimidación", describe parte de la resolución que dictó el miércoles pasado el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Azul.
Los jueces Inés Olmedo, Joaquín Duba y Martín Céspedes condenaron a cinco años y diez meses de prisión a Rojas, pero de manera inicial el ex Secretario General de la AJB a nivel departamental permanecerá en libertad hasta que el fallo quede firme, producto de que los abogados que lo asisten apelarán la resolución judicial.
La víctima de estos hechos, que fueron denunciados en julio del año 2016, es una joven que posee una discapacidad intelectual que hace que su edad madurativa sea como la de una nena. En el fallo se describió que la víctima tiene "un desarrollo cognitivo similar al de una niña de 9 a 12 años de edad aproximadamente"; aunque además se aclaró que su testimonio fue totalmente creíble. La joven declaró durante la instrucción de la causa a través de la Cámara Gesell.
"No surgió a la largo del juicio que la joven, pese a su déficit cognitivo, hubiera fabulado, inventado o mentido en su discurso, ya que siempre mencionó que fue subida al auto por el acusado en contra de su voluntad", describe parte de la resolución del TOC 2 de Azul.
Fueron tres los episodios por los que el ex sindicalista fue juzgado, el último de estos el domingo 24 de julio de 2016, cuando Rojas interceptó a la víctima en la calle, ocasión en la cual "la intimidó mediante amenazas de muerte, obligándola contra su voluntad a subir al automóvil con la intención de transportarla hacia otro lugar, a fin de someterla a prácticas sexuales y menoscabando así su integridad sexual, siendo detenido momentos más tarde por personal policial, ante un llamado telefónico al servicio 911, en la intercepción de las calles Olavarría y la Ruta 3", de acuerdo a lo que refiere el fallo.
Diario El Tiempo de Azul detalló que aquella situación había sido descubierta por la intervención de una vecina, quien al observar el momento en que el imputado se encontró con la víctima sobre la avenida Piazza inmediatamente llamó a la Policía para denunciar lo sucedido.
Si bien desde la instrucción de la causa el fiscal Marcelo Fernández consideró que la víctima fue abusada sexualmente, para los jueces "la prueba producida por la Acusación no fue suficiente para determinar objetivamente que el ‘abuso sexual simple’ y el ‘abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa’ existió".
Al momento de dictar el fallo, los jueces expusieron como agravante la situación por la que Rojas se validó "de la situación especial de vulnerabilidad de la joven por tener restringida su capacidad cognitiva, que era conocida por todos atento su evidente dificultad para expresarse y conducirse sola, siendo esto conocido por el imputado Rojas, reiterando los actos de sustracción con el fin de menoscabar su integridad sexual, que indican un mayor grado de audacia, desapego por el orden jurídico y muy especialmente no tener en cuenta el mayor daño ocasionado a su víctima". Se mencionó también que el acusado era docente y empleado de la Justicia.
En libertad
A pesar de la condena del TOC 2 de Azul, Rojas permanecerá en libertad hasta que el fallo quede firme. la semana pasada los abogados Paolo Lamouré y Agustín Sala adelantaron que recurrirán la resolución ante Casación.
Sin embargo, se dispusieron una serie de pautas de conducta que deberá cumplir, como fijar un domicilio especial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y presentarse de forma periódica en una dependencia policial. Se le prohibió además "mantener todo tipo de contacto" con la víctima y con su grupo familiar, lo cual implica que "no podrá acercarse al domicilio donde estos se encuentren, no podrá mantener contacto telefónico o mediante redes sociales y/o equivalente con los mismos". Finalmente se indicó que tiene prohibido salir del país.