Daniel Puertas

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Se trata de dos hechos que irán modificando poco a poco la relación de los ciudadanos con el aparato del Estado responsable de prevenir y sancionar los delitos.

Pero quizá lo más significativo es que cuando los efectivos policiales de las municipalidades de más de 70.000 habitantes comiencen a patrullar las calles habrá un nuevo gobernador bonaerense, un nuevo presidente de la República y probablemente otros intendentes en las ciudades que hoy están en condiciones de tener su propia fuerza de seguridad.

Aunque el tema de las Policías Locales fue, es y será utilizado como herramienta electoral urgente sus efectos van mucho más allá en el tiempo, detalle que puede llevar a más de uno a despreocuparse enseguida del tema y dejarlo anticipadamente para que se arreglen sus sucesores.

Al proyecto original enviado por el Ejecutivo se le introdujeron algunos cambios en Diputados y todo indica que habrá otros en Senadores, por lo que todavía es arriesgado suponer que el trámite legislativo será todo lo veloz que se anunciaba.

Un detalle interesante es el agregado que se realizó al artículo referido a la dependencia de las Policías Locales. El artículo 4º del texto enviado por el Ejecutivo establecía que "las Policías Locales tienen dependencia orgánica, funcional y operativa del Departamento Ejecutivo Municipal e integran el Sistema Provincial de Seguridad Pública establecido por la Ley Nº 12.154 y modificatorias, conducido por el Poder Ejecutivo Provincial".

En el texto aprobado por la Cámara baja, que es el 5º, señala "las Policías Locales tienen dependencia orgánica, funcional y operativa del Departamento Ejecutivo Municipal e integran el Sistema Provincial de Seguridad Pública establecido por la Ley Nº 12.154 y modificatorias. El Intendente Municipal establece sus políticas de gestión y sus directivas generales y particulares de funcionamiento".

Después se clara que "las unidades o dependencias de las Policías de la Provincia de Buenos Aires que cumplen tareas de seguridad preventiva local en cada Municipio dependen funcional y operativamente del Departamento Ejecutivo y orgánicamente del Poder Ejecutivo".

En buen romance, los jefes comunales conducirán efectivamente a sus fuerzas de seguridad. Manejarán más poder, es cierto, pero también deberán asumir más responsabilidades.

La cantidad y la calidad de los artículos que se agregaron al capítulo referido al financiamiento revela claramente la importancia que le dan los intendentes a este punto, el que puede recibir más modificaciones en la Cámara alta, que ya postergó por una semana el tratamiento del proyecto para escuchar a los mandatarios municipales.

Los diputados aprobaron un artículo 95 que reza: "Créase el Fondo para el Fortalecimiento de las Policías Locales, que debe ser distribuido entre los Municipios que hayan conformado y puesto en funcionamiento su Policía Local, de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente ley".

El 96 dice que ese fondo "tiene como finalidad específica y exclusiva financiar los gastos corrientes y de capital necesarios para el funcionamiento de las Policías Locales".

El 97 que el fondo "está integrado por los recursos determinados anualmente en el Presupuesto provincial, que en ningún caso podrán ser detraídos de la coparticipación municipal", previsión que no figuraba en el articulado original.

Para pagar los sueldos de las policías, los municipios recibirán "una suma mensual equivalente al salario de referencia de un Oficial Ayudante incluyendo aportes, contribuciones y demás cargas obligatorias que pesen sobre el salario, con más un 30 por ciento para cubrir otros gastos de funcionamiento".

En el proyecto de Scioli ese porcentaje extra era del 20 por ciento. Los reclamos de los intendentes por lo visto dieron su fruto.

En el mismo artículo se aclara que "los recursos transferidos por este concepto son intransferibles, por lo que sólo pueden ser empleados para el pago de las remuneraciones del personal policial" y que "el Poder Ejecutivo debe prever las partidas necesarias para el equipamiento inicial, en los términos de los convenios suscriptos con cada uno de los Municipios".

Ya en el Presupuesto 2015 debe incluirse el dinero necesario para financiar 15.000 cargos de policías municipales.

Violencia

Un aspecto importante del texto aprobado por los diputados es el referido a la violencia intrafamiliar. El artículo 16 establece que "en todo cuanto la Policía Local intervenga en los casos y situaciones que se encuadren dentro de las previsiones de las leyes 12.569 de la Provincia de Buenos Aires y 26.485 de la Nación, y en los casos en que corresponda tomar medidas de prevención contra la violencia contra las mujeres y la violencia intrafamiliar, los actuantes deben considerar los preceptos y disposiciones de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos específicos".

Además se fijan como uno de los objetivos de la Policía Local la "prevención y conjuración de los delitos que se cometen dentro del seno familiar como consecuencia de las violencias contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes".

Y además estos cuerpos deben "garantizar acciones tendientes a erradicar la violencia de género y otras citaciones de violencia intrafamiliar, asegurando la conformación de unidades operacionales especiales, que contarán con móviles para esta tarea específica, integradas por personal policial capacitado especialmente para intervenir en las problemáticas de violencia de género. Estas patrullas contarán con la asistencia permanente de un equipo profesional interdisciplinario y coordinarán con la Comisaría de la Mujer Distrital".

Al menos el 10 por ciento de los efectivos de la Policía Local deberán formar parte de esas unidades operacionales.

Aunque para aquellos que consideran que delito y violencia es sólo la ejercida por ladrones varios esto les puede parecer un exceso progre. Pero una enorme cantidad de llamados a la Policía son pedidos de auxilio ante situaciones de violencia intrafamiliar.

Es muy probable que el 10 por ciento de efectivos asignados a esas unidades sean insuficientes. Pero sólo este capítulo ya justificaría la creación de las Policías Comunales.