La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado una prórroga para el pago de anticipos de los impuestos a las ganancias y bienes personales correspondientes al período fiscal 2024. Esta medida se enmarca en la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

El primer y segundo anticipo de estos impuestos, que originalmente vencían en agosto y octubre de 2024, ahora deberán ser abonados en octubre y noviembre de 2024, respectivamente.

¿Qué son los anticipos? Son pagos a cuenta de los impuestos a los que los contribuyentes están obligados. Estos anticipos se descuentan del monto total de la obligación al presentar la declaración jurada correspondiente.

Todos los contribuyentes que estén inscriptos en alguno de estos impuestos deben realizar cinco anticipos durante el año. No obstante, a partir del tercer anticipo, podrán solicitar una reducción si consideran que la suma a abonar superará el monto definitivo de la obligación fiscal del período.

Para solicitar esta reducción, los contribuyentes deben ingresar al servicio con clave fiscal "Cuentas Tributarias", seleccionar la opción "Reducción de anticipos" y abonar el importe estimado a través de un Volante Electrónico de Pagos (VEP).

La prórroga busca facilitar la gestión de los pagos para los contribuyentes en medio de un contexto económico desafiante, permitiendo así una mejor planificación financiera.