A casi un mes de la promulgación de la Ley Bases, el Gobierno nacional ha reglamentado la primera parte de esta legislación, con el objetivo de avanzar con las reformas propuestas por el presidente Javier Milei desde el inicio de su mandato. En esta primera fase, el Ejecutivo ha establecido las normativas relacionadas con el Título II, que abarca las modificaciones en el sistema de empleo público, los cambios en los procesos administrativos y la privatización de empresas públicas. La reglamentación se hizo efectiva mediante el decreto 695/2024, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. Así, se acelera la implementación de esta normativa, que fue el resultado de un extenso proceso en el Congreso, incluyendo un primer intento fallido en Diputados durante las sesiones extraordinarias, y una última ofensiva exitosa liderada por Guillermo Francos, ya como jefe de Gabinete.

El decreto incluye la reglamentación del Título II, relacionado con la reforma del Estado y los cambios en los procedimientos administrativos, así como con la privatización de empresas públicas y la flexibilización de las condiciones del empleo público. De esta forma, se han detallado las precisiones para la implementación de cerca de 60 artículos de la ley.

Privatizaciones

Se implementó el esquema previsto para la concesión o venta parcial o total de varias empresas, incluyendo Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE), Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).

El ministro o secretario de la Presidencia encargado de la empresa a privatizar deberá presentar al Poder Ejecutivo un informe detallando la propuesta concreta y el procedimiento más adecuado para la privatización. Este informe debe incluir el carácter total o parcial de la privatización, las alternativas de procedimiento, las modalidades convenientes, el procedimiento de selección, los plazos estimados, y una eventual propuesta para otorgar preferencias según el artículo 16 de la Ley Nº 23.696. Una copia del informe será enviada a la Comisión Bicameral del Congreso.

Una vez autorizada la privatización por el Ejecutivo, el funcionario podrá iniciar los procedimientos necesarios para convocar ofertas del sector privado. Antes de formalizar los contratos, la Autoridad de Aplicación debe consultar a la Procuración del Tesoro de la Nación y a la Sindicatura General de la Nación.

Empleo Público

En cuanto a la estructura del empleo público, se reglamentaron las bases para implementar un nuevo sistema de ingreso al Estado, así como para las desvinculaciones, despidos y reubicación del personal estatal.

A partir de ahora, para trabajar en el Estado se deberá aprobar una “Evaluación General de conocimientos y competencias” anónima, diseñada y reglamentada por la Autoridad de Aplicación. La persona será identificada una vez calificada.

La máxima autoridad del organismo correspondiente será responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos, así como las normas sobre ética en la función pública. Además, las personas designadas deberán presentar una declaración jurada patrimonial y sus antecedentes laborales si la función lo requiere.

No se podrá efectuar ninguna designación sin el certificado de aptitud psicofísica correspondiente. El desempeño del empleado será evaluado constantemente y, en caso de promoción, será sometido a una nueva evaluación.

Se autorizaron las contrataciones ad honorem para asesoramiento sin retribución, salvo el reintegro de gastos ocasionados. El régimen de contrataciones abarca contrataciones por tiempo determinado y designaciones en plantas transitorias. El personal contratado no tendrá estabilidad y su contrato puede ser rescindido en cualquier momento.

Se creó el Registro Nacional de Personal en Situación de Disponibilidad para aquellos afectados por la reestructuración, estableciendo una escala de períodos de disponibilidad según la antigüedad del empleado. Durante este tiempo, recibirán una retribución mensual equivalente a su situación escalafonaria.

Procesos Administrativos

El anexo del decreto introduce cambios en los procesos administrativos de los organismos del Estado para agilizar la gestión. Los trámites en recursos, reclamos e impugnaciones serán gratuitos, salvo que se exija el pago de una tasa específica.

Se establece un nuevo Reglamento de Procedimientos Administrativos que permite a los adolescentes intervenir en procedimientos administrativos y acepta los medios electrónicos como notificación formal.

Este decreto solo reglamenta la primera parte de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, quedando pendientes detalles para la implementación de los demás títulos de la legislación, incluyendo el RIGI, uno de los puntos más conflictivos en las negociaciones parlamentarias.

reglamentacion.pdf