Con los votos de los jueces María Gabriela López Iñíguez y Adriana Palliotti, el tribunal ordenó además una caución real de un millón de pesos. El ex ministro de Economía deberá llevar además un dispositivo electrónico con GPS.

A días de conocer el procesamiento del banquero Jorge Brito y del ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, en la causa conocida como "Ciccone II" que investigó la ruta del dinero que posibilitó el levantamiento de la quiebra y compra de la ex calcográfica, la defensa de Amado Boudou reclamó por la excarcelación del ex vicepresidente.

Fue así que el TOF 4, el mismo que lo encontró culpable de los delitos de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública en la causa por la venta de la calcográfica ex Ciccone, por voto mayoritario, le concedió la excarcelación.

Uno de los argumentos reiterados por la defensa del  ex vicepresidente de la Nación fue que "no existía riesgo de entorpecer la investigación en el marco de Ciccone II". Al conocer los procesamientos en esa investigación, se consideró que "no había margen para que continúe detenido Boudou", explicaron a Clarín allegados a la defensa.

Los votos favorables del TOF 4 fueron de los jueces María Gabriela López íñiguez, quien ya se había opuesto a su detención durante la condena del juicio por la ex calcográfica, y la de su par Adriana Palliloti. En tanto, Néstor Costabel votó en rechazo del beneficio.

Acompañando el voto del fiscal ante el Tribunal Marcelo Colombo, las juezas Palliotti y López Íñiguez en la resolución de 30 páginas a las que accedió Clarín señalaron: "En cuanto a la prisión preventiva se trata para su procedencia debe probarse objetivamente un peligro procesal y la imposibilidad de neutralizarlo con una medida privativa de la libertad menos gravosa".

Entonces, remarcaron que el ministerio Público Fiscal se expidió a favor de la excarcelación de Boudou entendiendo que no existían riesgos procesales para que continúe detenido.

"Aquellos elementos objetivos que se tuvieron en cuenta para permitir que Amado Boudou transitara el debate en libertad no se habían modificado en absoluto, más allá que se haya dictado una sentencia condenatoria en esta primera instancia", señala el fallo.

Entre otros argumentos, en la resolución se indicó que habiendo finalizado el juicio por la compra venta de Ciccone, el "único riesgo procesal vigente es el de fuga". Y citaron una vez más el fallo de la Cámara Federal porteña que revocó la prisión preventiva de Boudou al señalar que no existían riesgo de entorpecimiento a la investigación para que continúe privado de su libertad.

Respecto al riesgo de fuga, se indicó que no puede desconocerse que Boudou "pertenece a un sector políticos que es opositor a quien hoy detenta el poder de policía del Estado, con lo cual debiera lógicamente debilitarse la probabilidad de éxito ante un intento de salida ilegal del país".

Asimismo, continuaron López Íñiguez y Pallioti, "no se advierten razones para pensar que Boudou tiene algún tipo de vínculo con el gobierno actual como para tener por existente la influencia referida anteriormente".

Al momento de ponderar la conducta procesal del ex vice de Cristina Kirchner, las magistradas manifestaron que tanto en Ciccone como en otras investigaciones "no se encuentra la existencia de un riesgo procesal a la altura del o que la Corte Federal exige, esto es, un riesgo procesal en el caso concreto, fundado en circunstancias objetivas y como única posibilidad de lograr el sometimiento al proceso y la realización de la ley penal".

Por ello, concluyeron que debe "evitarse el uso abusivo de la prisión preventiva" porque "no sólo no se condice con nuestro sistema Constitucional y procesal penal, sino porque cuando un examen riguroso de las circunstancias del caso", en este caso en particular sobre Boudou, "no permiten sostener" los argumentos que lo condujeron a prisión.

Al otorgarla la excarcelación, se le fijo al ex vicepresidente una caución real de un millón de pesos y la colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS -con un radio de 100 kilómetros a la  redonda de su lugar de residencia, la retención del pasaporte e interdicción de expedir nuevos a su nombre, la prohibición de salida del país y la obligación de comparecer ante el Tribunal quincenalmente. (Clarín)