Un juicio por un caso de abuso sexual que tuvo como victimas a dos menores de edad que son primas finalizó con una condena a cinco años de prisión para el encausado, un transportista oriundo de Olavarría y con actual domicilio en Azul que fue identificado por voceros judiciales como Matías Ezequiel Costa, de 32 años de edad.

Escenario de este debate, que finalizó el lunes que pasó, había sido el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con asiento en el Palacio de Justicia local.

Joaquín Duba fue el magistrado que, de manera unipersonal, intervino en este proceso, en cuya resolución se mencionó que Costa fue condenado al ser declarado autor penalmente responsable del delito continuado de abuso sexual simple, con relación a uno de los hechos tratados en el debate, y de abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda, en cuanto al ilícito que tuvo como víctima a la otra nena.

Ambos hechos fueron cometidos por el transportista "en concurso real de acciones", se mencionó también en cuanto a la calificación a escala penal de esas situaciones de abuso sexual donde las menores resultaron víctimas.

El encausado no está preso, por lo que el juez que lo condenó en esta primera instancia, "a los fines de asegurar el eventual futuro cumplimiento de la pena aplicada", le dictó diferentes obligaciones.

Las mismas consisten en que tenga que presentarse en el Tribunal donde fue juzgado "siempre que sea llamado", ocasiones en las cuales deberá dar cuenta de su "domicilio real", del que "no podrá ausentarse por más de veinticuatro horas, sin conocimiento ni autorización previa".

Además, mientras continúe en libertad está obligado a "denunciar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor" y debe fijar uno "especial" en el ámbito "del territorio de la Provincia de Buenos Aires".

Otras obligaciones, a modo de pautas de conducta, que le fueron dictadas al ser condenado en esta primera instancia implican que tiene que presentarse "todos los primeros lunes de cada mes en la Comisaría que corresponda a su domicilio"; y ahora está vigente para el transportista "la prohibición absoluta de mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier medio con las víctimas".

En cuanto al motivo por el que el juez que lo condenó no dispuso su inmediata detención, Duba explicó que la medida de coerción no debía ordenarse "dado que la única razón por la que es posible imponerla no hallándose firme el fallo es cuando existiere un aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso, lo que no se ha comprobado en las presentes actuaciones, especialmente teniendo en cuenta el sometimiento al mismo por parte del causante".

Según lo mencionado en la resolución, sin accederlas carnalmente pero mediante tocamientos, Costa abusó de dos menores de edad que son primas, hechos que fueron ubicados como ocurridos durante el año 2014.

"Se ha demostrado legalmente que en horas de la noche, en fechas indeterminadas entre los meses de marzo y fines de noviembre del año 2014" -escribió el juez Duba en la resolución- el interior de una vivienda de esta ciudad fue el lugar donde el transportista abusó sexualmente de una de las menores víctimas, para lo cual aprovechó "la relación de convivencia previa" que tenía con la menor en ese entonces y, de esa manera, le efectuó tocamientos en su cuerpo en varias ocasiones.

Con relación a la segunda de las víctimas, prima de la otra menor, se dio por acreditado en el juicio que en el mismo domicilio el transportista abusó sexualmente de ella, también en horas de la noche y "en fecha indeterminada, en el mes de agosto del año 2014".

En ese caso, Costa lo hizo "aprovechando y abusando de la relación de autoridad y poder, al tratarse del encargado de su guarda".

A esa nena le efectuó diferentes tocamientos en su cuerpo cando se había quedado a dormir en la casa de su prima. 

(Fuente: Diario El Tiempo de Azul)