ANSES: informo un nuevo requisito clave para el cobro de haberes
El Ejecutivo reguló la exigencia de residencia en el país para acceder al beneficio y fijó de qué manera se suspenderá el beneficio.
Mediante la Resolución 918/2024, la ANSES estableció que se dejará de pagar aquellas prestaciones y asignaciones a personas que transcurran más de 90 días consecutivos fuera del país. La medida se oficializó a través de Boletín Oficial.
Según el organismo buscan hacer efectivos los controles, “ejercer el control de las prestaciones no contributivas de la seguridad social y en las asignaciones que administra el organismo en aquellas que establecen el requisito de residencia en el país para su obtención y/o percepción, sin fijar un plazo específico de permanencia”.
Por eso, con el afán de cumplir ese requisito, y hacerlo valer, quienes no lo cumplan y cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de 90 días corridos se “procederá a la suspensión de la prestación correspondiente”.
La información sobre la salida y el regreso al país en ese plazo, será trazada mediante la utilización de las distintas bases de datos Anses y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, “en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos”.
En el artículo 3 de la resolución se explicita que una vez validado el incumplimiento, se dará la baja de la prestación hasta “tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país”.