Uno de los artículos clave de la reforma laboral en la Ley Bases es el que permite a empresas y trabajadores optar por un sistema indemnizatorio distinto al de la Ley de Contrato de Trabajo. El Fondo de Cese Laboral fue creado para que todos los sectores tengan un sistema similar al que rige en la construcción. Este punto fue central en la reglamentación publicada recientemente, y su aprobación contó con el consenso del sector empresarial y el sindicalismo.

¿Qué establece la reglamentación?

  • Se trata de un sistema alternativo al de la Ley de Contrato de Trabajo (artículo 245) y se debe negociar en el marco de las convenciones colectivas.
  • El Sistema de Cese Laboral deberá definir las causas, hechos o condiciones para el pago de una prestación dineraria al extinguirse la relación laboral.
  • Se deberá especificar el monto y las modalidades de pago, que pueden depender de las características del contrato de trabajo y contemplar soluciones mediadas para conflictos.
  • En casos de despido sin justa causa, el trabajador deberá recibir un trato preferencial.
  • El sistema podrá utilizar fondos de cese o seguros colectivos/individuales, cumpliendo con los requisitos reglamentarios.

Parámetros y principios del Sistema de Cese Laboral:

  • Sustituirá la indemnización por antigüedad y otros conceptos similares.
  • En caso de extinción por mutuo acuerdo, se podrá acordar un pago de gratificación según las modalidades del sistema.
  • Al inicio de una nueva relación laboral, empleador y trabajador deben decidir si seguirán el Sistema de Cese Laboral o el régimen tradicional de la Ley de Contrato de Trabajo.
  • Los Convenios Colectivos de Trabajo podrán establecer múltiples sistemas de fondo de cese, coexistiendo con otros sistemas si es necesario.
  • El pago a través del Sistema de Cese Laboral será plenamente cancelatorio de las indemnizaciones tradicionales.
  • Para relaciones laborales iniciadas antes de la vigencia del nuevo sistema, empleador y trabajador podrán acordar el cambio al nuevo sistema, y los convenios podrán establecer regímenes especiales para estos casos.

Este marco reglamentario ofrece mayor flexibilidad y adaptación a distintos sectores, pero siempre con la condición de respetar los derechos básicos de los trabajadores.