En el caso de la brucelosis: se vacunan las terneras entre los 3 y 8 meses de edad obligatoriamente.

Para carbunclo, conforme a lo dispuesto por el Ministerio de Agroindustria bonaerense, se deberá tener cumplimentada dicha vacunación para poder realizar movimientos de hacienda.

Requisitos para los movimientos de bovinos faena directa o Liniers: Hasta el día 27 de marzo se permitirá la carga de hacienda gorda sin haber vacunado el establecimiento. A partir de dicha fecha se deberá tener la vacunación total cumplimentada de las categorías correspondientes.

Movimientos a otros establecimientos (invernada-cría-reproducción) o a remate feria: Desde el 09/03/2020 se deberá cumplimentar con la vacunación antiaftosa del establecimiento para poder realizar movimientos.

Ante cualquier consulta dirigirse a la oficina de Fundagla calle Mitre 452 - teléfono 02286-420910 o la oficina de Senasa en las dependencias de la sede social de La Sociedad Rural de General La Madrid – Tel. 02286-420789. MAIL: fundagla@glnet.com.arfundagla@gmail.com.