Moratoria impositiva lamatritense, en plena vigencia
El plan de recupero es para Tasas y Contribuciones de contribuyentes de la planta urbana. Los planes de pago se pueden ajustar hasta en cuotas mensuales.
La moratoria es "para todos los contribuyentes deudores de cualquiera de las tasas y contribuciones de la Municipalidad de General La Madrid, devengadas hasta la fecha de suscripción del Plan de Pagos, exceptuando la Tasa Vial, Plan Ganadero, Tasa por Ocupación o Uso de Espacios Públicos, Tasa por Publicidad y Propaganda de grandes marcas y la Tasa por Emplazamiento y Contralor de Estructuras Portantes de Antenas".
El plazo para hacer la presentación se extiende por el término de tres meses, hasta el mes de junio próximo.
Algunos de los beneficios que traerá esta moratoria a los contribuyentes, es que para quienes se presenten espontáneamente a cumplir con sus deudas con el Municipio, gozarán de un descuento por actualizaciones, multas e intereses que pudieran corresponder.
En caso de que se pague de contado la deuda total exigible al momento de la misma, se aplicará un descuento del 100 por ciento sobre los recargos e intereses devengados. En el caso de la financiación en hasta doce cuotas inclusive, el descuento será del 80% sobre actualizaciones, multas e intereses; quienes adhieran a un plan de hasta veinticuatro cuotas, el descuento será del 70%; hasta 36, será del 50 y hasta en48 cuotas (será únicamente para los planes de Vivienda) con un descuento del 40% sobre actualizaciones, multas e intereses que le pudiera corresponder.
El plan de pagos se puede hacer adhiriéndose al sistema de pago por débito automático en cuenta bancaria o descuento directo desde el recibo de sueldo y los descuentos aplicables serán similares a la financiación mensual (hasta 48 cuotas).
La tasa de interés mensual fijada para los planes de pago se fijó en el 3 por ciento, de conformidad con la Ordenanza Fiscal vigente.
Aquellos contribuyentes que se encuentren adheridos a algún Plan de Pagos, podrán solicitar acogerse a esta moratoria impositiva. Quienes lo hagan por el saldo de un anterior plan de pago, abonarán la suma de las cuotas no ingresadas, tomándose capital más intereses y multas.
La falta de pago de tres cuotas en forma consecutiva o alternada del plan vigente ocasionará la caducidad del plan de pagos, causando la pérdida de los beneficios de la presente Ordenanza, para las cuotas impagas. La mora en el pago de las cuotas devengará el mismo interés previsto para el pago fuera de término de las tasas municipales.
Al suscribir el Convenio de Pago en el marco de la presente moratoria impositiva, el contribuyente deberá abonar un pago a cuenta de $300, el que será imputado al total de deuda a financiar.
El plan de recupero, señalaron los concejales, tiene beneficios para los contribuyentes deudores, especialmente para aquellos que necesitan obtener la licencia de conducir. En el mismo marco apuntaron que "más que un fin recaudatorio, ayuda a regularizarle la situación a muchos que siempre cumplieron pero en los dos últimos años no pudieron tanto en la Tasa ABL como comercios".